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Amortización Anticipada de la Hipoteca
- Cuando se procede a la cancelación o devolución
total o parcial de una hipoteca antes de la fecha
pactada, normalmente existirá una comisión
de cancelación de la misma.
Amortización
- Será la devolución parcial o total de un
préstamo. Pudiéndo ser mensual, semestral o
anual.
Arras o Señal
-
Será la cantidad de dinero
que entrega el comprador al vendedor como garantía
de que comprará dicho inmueble en un plazo determinado.
Si no se produjese la venta por culpa del comprador
el vendedor se quedará dicha señal,
si fuera por culpa del vendedor, este es norma común
que proceda a la devolución del doble señalado.
Si se realiza la operación, las arras son consideradas
como pago la cuenta.
Avalista
-
Persona que interviene como garante
en un préstamo y que asume las responsabilidades
de pago en caso de que el prestatario no haga frente
a la deuda o a sus intereses.
Cancelación
- Extinción de la hipoteca por liquidación de la deuda
pendiente.
-
Capital
- Importe nominal del préstamo hipotecario. Es el
total de la deuda pendiente, sin incluir los intereses.
Cargas
-
Deudas inscritas en el inmueble.
Estarán en documento público e inscritas
en el Registro de Propiedad. Por ejemplo: Hipotecas,
créditos, usufructos, condiciones resolutorias,
etc. No todas suponen derechos económicos y son
cancelables con la extinción del derecho que representan.
Cédula de Habitabilidad
-
Es el documento que recoge si
la finca elegida es la idónea para el uso que se
pretende dar a la vivienda. Se elabora antes de
la ocupación de una vivienda de nueva construcción.
Es imprescindible para la obtención de una hipoteca.
Certificado Registral
- Se trata del documento expedido por el Registro
de la Propiedad en el que se expone la situación de
cargas de una finca.
Comisión Apertura
-
Es el importe que se paga al
realizar un préstamo, para costear los gastos administrativos,
informáticos y de gestión que conlleva su apertura.
El pago se realiza una sola vez y es un porcentaje
sobre el capital prestado.
Comisión Cancelación Anticipada
-
Pago que se realiza al amortizar
anticipadamente una deuda. Para Préstamos Hipotecarios
normalmente es un 1% y para Créditos Personales
está en torno al 3%, según se pacte con la entidad
financiera.
Comision de Subrogacion
-
Porcentaje que se aplica sobre
el dinero pendiente en caso de que el prestatario
cambie de entidad acreedora para mejorar las condiciones
en otro banco.
Costes del Registro de la
Propiedad
- Son los que se derivan de la inscripción de la hipoteca
en el Registro de la Propiedad.
Cuota
- Se trata del Importe a pagar, que es igual al capital
más los intereses.
Diferencial
-
Porcentaje que se añade
al índice de referencia en cada revisión
del tipo de interés en los préstamos
de interés variable.
Escritura Pública
- Es el contrato definitivo de compra-venta que se
firma ante Notario y atribuye la propiedad al comprador,
que se convierte en el propietario de dicho inmueble.
Euribor
-
Indice de referencia oficial.
Se define como la media simple de los tipos de interés
diarios, aplicados para las operaciones cruzadas
al plazo de un año en el mercado de depósitos interbancarios
de la zona de la Unión Monetaria, entre las 64 entidades
financieras con mayor nivel de negocio.
Fianza
- Es el importe que se entrega a cuenta para reservar
el derecho de compra de un inmueble.
Garantía Personal
-
Patrimonio del deudor que comprende
todos sus bienes presentes y futuros. Sirve de garantía
para el cumplimiento de cualquier obligación. Existe
la posibilidad de que responda con sus bienes una
tercera persona que no sea el deudor.
Gastos de Gestión
-
Son los que se producen por la
tramitación y gestión en Notaria, Registro de la
Propiedad y Administración de Hacienda. Son efectuados
por profesionales de la entidad que concede la hipoteca.
Gastos de Notaria
- Se trata de los honorarios y gastos del notario.
Gastos de Gestoría
- Son los gastos que se derivan de los trámites de
la escritura, de la liquidación de impuestos y de
las gestiones que se llevan a cabo en el Registro
de la Propiedad.
Hipoteca
-
Derecho real que se constituye
en garantía del cumplimiento de unas obligaciones
contraidas con un tercero (préstamos, letras). Junto
al pago del principal, garantiza el cobro de los
intereses ordinarios, moratorios, costas y gastos
derivados de la eventual reclamación judicial en
caso de incumplimiento en el pago.
IBI
- Tasa municipal que grava la propiedad de una finca.
Se cobra anualmente y en función al valor catastral
asignado a la finca.
Impuesto Actos Jurídicos Documentados
-
Este impuesto grava las escrituras
de constitución de los préstamos hipotecarios y
de la cancelación de los mismos. Debe pagarse por
el hecho de formalizar la escritura pública. Actualmente,
el tipo de gravamen aplicable es el 0.5% del valor
de la garantía hipotecaria y lo paga el comprador
a Hacienda en el momento de la adquisición.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
- Para viviendas de segunda mano. Grava las transmisiones
de patrimonio que implican un intercambio de bienes.
El tipo aplicable es el 6%.
Interes de Demora
-
Interés adicional que se cobra
sobre las cuotas no pagadas de un préstamo. Se calcula
en función de los días de retraso en el pago, son
pactados a priori por la entidad financiera y el
cliente.
Indice de Referencia
-
Lo componen los valores del mercado
hipotecario o financiero empleados para revisar
los tipos de interés de los préstamos a tipo variable.
El Banco de España se encarga de establecer los
índices de referencia oficiales.
Interés Fijo
-
El tipo de interés nominal permanece
invariable a lo largo de la vida del préstamo con
independencia de las variaciones del mercado hipotecario.
Permite asegurar que aunque varíen los tipos de
interés, no cambiarán las condiciones de su préstamo,
y pagará siempre lo mismo.
Interés Variable
-
Se fija en relación con un índice
de referencia, que evoluciona al alza o a la baja
según las oscilaciones del mercado, al que se suma
un margen, estableciéndose una revisión periódica
de actualización del índice. En esta modalidad,
el tipo de interés se revisa semestralmente, de
modo que la cuota mensual se ajusta a las tendencias
del mercado. En este caso, el plazo de su préstamo
se mantendrá siempre fijo, variando periódicamente
las cuotas mensuales.
IVA
-
En el caso de viviendas de primera
mano. Grava la venta cuando el que vende es un empresario.
Es el 7% del valor de la vivienda.
Licencia de Obra
-
Se trata de un permiso que conceden
los Ayuntamientos para poder iniciar obras o modificaciones
en la arquitectura de un inmueble.
Notaría
-
El notario da fe pública de la
escritura, es decir, certifica la operación y podrá
ser elegido libremente por el solicitante de entre
los que operen en la plaza
Notario
- Profesional con capacidad legal para dar fe pública
de los actos en los que interviene.
Novación
- Cambio en el plazo o en el tipo de interés pactado,
o ambos.
Periodicidad
-
Es la frecuencia con la que se
pagarán las cuotas del préstamo; por lo que es recomendable
que coincida con la periodicidad de sus ingresos.
Periodo de Revisión
- Es la frecuencia en la que se modifica el tipo de
interés cuando se trata de una hipoteca a tipo variable.
Normalmente son semestrales o anuales.
Plazo de Amortización
-
Es el periodo establecido en
el préstamo para su total devolución. Hay que tener
en cuenta que el plazo más adecuado es aquel que
permita pagar las cuotas cómodamente. Por tanto,
la elección del plazo de amortización se deberá
hacer siempre en función de su capacidad de reembolso.
Préstamo Hipotecario
-
Es una operación financiera por
la cual se permite acceder a la vivienda que usted
desea pudiendo obtener unos importes de financiación
superiores, a unos tipos de interés bastante más
reducidos que los concedidos en otro tipo de préstamos
en los que el inmueble no queda hipotecado como
garantía del pago de la operación tal y como ocurre
en este tipo de préstamos. Se formaliza en documento
público y sus derechos se constituyen con la inscripción
en el Registro de la Propiedad.
Registro
-
Son los gastos generados al inscribirse
la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Estos
gastos serán por cuenta del prestatario. La base
imponible es la "responsabilidad hipotecaria" y
también se aplica una tarifa porcentual establecida
legalmente sobre esta base. A esto se añaden los
aranceles registrales devengados por el asiento
de presentación y las notas marginales.
Registro de la Propiedad
-
Oficina pública que tiene por
función llevar los libros oficiales en los que consten
todas las circunstancias que afectan a las fincas
de la demarcación correspondiente a dicho Registro.
Estas circunstancias son las relativas a la propiedad:
cargas, transmisiones, notas marginales, etc.
Responsabilidad Hipotecaria
-
Es la suma de todos los conceptos
que son garantizados mediante la hipoteca ( el capital
prestado, los intereses normales y los intereses
de demora, costas judiciales, gastos, etc.). Sobre
esta cantidad es sobre la que se calculan los gastos
de formalización y cancelación de una hipoteca.
Seguro de Amortización
-
No es obligatoria su contratación
pero es conveniente contratarlo siempre que se formalice
un préstamo hipotecario. Este producto está especialmente
diseñado para los titulares de préstamos hipotecarios,
y garantiza la amortización del préstamo en caso
de muerte o invalidez del titular o los titulares.
TAE (Tasa Anual Equivalente)
-
Es el coste efectivo anual del
préstamo. Tiene en cuenta no sólo el tipo de interés
inicial sino también sus posibles revisiones, el
plazo de amortización y las comisiones ligadas a
la operación. En definitiva, es el tipo de interés
real que usted pagará en su préstamo.
Tasación
-
Valor certificado del inmueble.
La lleva a cabo una empresa independientemente especializada,
según obliga la Ley Hipotecaria.
Tipo de Interés
- Porcentaje que se aplica al capital pendiente de
un préstamo para calcular los intereses que deben
abonarse.
Tipo de Interés Nominal y Tipo de Interés Real
-
El tipo de interés nominal es
la expresión porcentual de la rentabilidad de un
instrumento financiero en relación a su precio.
Descontando el efecto de la tasa de inflación esperada
durante la vida del mismo, se obtiene el tipo de
interés real.
Verificacion Registral
-
Comprobación de la situación
de la finca en el Registro de la Propiedad. Se puede
hacer a través del examen directo de los libros,
de nota simple informativa o de una certificación
del Registrador.
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